En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 45 del COPP en relación con el artículo 318.3 eiusdem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano ALFREDO ANTONIO MUJICA PERAZA, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES, tipificado en el ART 218 y 413 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 48, queda extinguida la acción penal.
Notifíquese a las partes.
Remítase Al archivo judicial oportunamente.
Por cuanto la presente decisión tiene efectos análogos a los de la sentencia absolutoria, a los fines sea excluido el registro del ciudadano ALFREDO ANTONIO MUJICA PERAZA titular de la cédula de identidad Nº 16239674, por la comisión del delito de RESI.....