Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN por la representación de la parte querellante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de Diciembre de 2007. SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN DE LA CUANTÍA, formulada por la representación judicial de la parte querellada. TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN, alegada por la representación judicial de la parte querellada. CUARTO: SE DECLARA SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN DEL PODER QUE ACREDITA LA REPRESENTACIÓN DE LA PARTE QUERELLANTE, alegada por el apoderado judicial.....