Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES CUMAPIRA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del estado Carabobo, en fecha 20 de enero de 1977, bajo el Nro. 29, tomo 35-B, con posteriores modificaciones, de este domicilio contra la sociedad mercantil SERVICIOS DUBLIN, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del estado Carabobo, en fecha 13 de agosto de 2005, bajo el Nro. 22, tomo 102 A, de este domicilio, por no haberse acompañado al libelo el documento fundamental de la demanda.
SEGUNDO: En consecuencia de la inadmisibilidad de la demanda antes declarada, quedan nulas y sin efecto alguno todas las actuaciones realizadas en este expedi.....