Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, inserta bajo el N° 1.405, año 1990, Tomo III, del libro de Registro Civil de Acta Nacimientos emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo, incoada por la abogado OTAIMA DE JESUS VALDERRAMA GUZMAN, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nro. 11.958, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MERCEDES CAROLINA DEL VALLE NAVARRO CEJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.917.745.
SEGUNDO: Se ORDENA oficiar lo conducente al Jefe de Registro Civil del Mu.....