Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha cuatro (04) de abril de 2025 por el profesional del derecho Alexander Pérez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en el asunto signado bajo la nomenclatura AP21-L-2025-000174, contra la decisión de fecha dos (02) de abril de 2025, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se negó la tramitación del recurso de apelación contra el auto de fecha veintiuno (21) de marzo de 2025. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha dos (02) de abril de 2025 dictado por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del.....