DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal de Control No 5, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1ero y 4to del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto seguido al ciudadano Hany Antonio Pérez Angulo, venezolano, mayor de edad, indocumentado, nacido el 13 DE Noviembre de 1978 y residenciado en la avenida 14 entre calles 23 y 24, casa sin numero, Quibor, Municipio Jiménez del estado Lara. Notifíquese a Fiscal del Ministerio Público y a las partes. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación. CUMPLASE.