Este Tribunal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de la imputada HILDA ROSA HERNANDEZ, ampliamente identificada en autos, en consecuencia, SE MANTIENE SU PRIVACION JUDICIAL. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículos 264 en concordancia con el artículo 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 83 de la Constitución Nacional.
SEUNDO: Se acordó el cambio de fecha para el Sorteo Extraordinario para el día 16 de Junio de 2005 a las 9:45 a.m., pudiendo la defensa solicitar que su defendido sea juzgado por un Tribunal Unipersonal, en vista de que se ha sido imposible la Constitución del Tribunal Mixto, de conformidad con el artículo 164 del Código O.....