Por todas las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 12, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA del Vehículo ya identificado suficientemente en este auto a la ciudadana NELIZ PRIMITIVA DUNO DE MONTES DE OCA, titular de la cedula de identidad Nº V-5.323.499, EN PLENA PROPIEDAD, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 48 de la Ley de Transito y Transporte Terrestre, entréguese a la solicitante los documentos originales, previa certificación. Librese oficio de entrega al Jefe del estacionamiento donde se encuentra depositado el vehículo. Notifíquese a las partes. Diaricese y Regístrese.