Se declaró: SIN LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) contra la Resolución Nº 85/2007, fechada 23 de enero de 2007, notificada a la recurrente en fecha 1 de marzo de ese mismo año, suscrita por el ciudadano Alcalde del Municipio Barinas del Estado Barinas por concepto del Impuesto sobre Patente de Industria y Comercio, actualmente de las Actividades Económicas, mediante la cual se califica a ésta como sujeta al pago de ese tributo, en jurisdicción de la Municipalidad en referencia; y, en virtud de la presente decisión válida y de plenos efectos.
Se exime de costas procesales a la recurrente por ser una empresa del Estado, de conformidad con el criterio dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 26 de febrero de 2007, que extiende los privilegios de la República a estos organismos públicos y compartido por la Sala Político Administrativa de ese Alto Tribuna.....