PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados en ejercicio JESUS ANTONIO VERGARA PEÑA y CARLOS PACHECO ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.390 y 111.572, quienes actúan con el carácter de defensores del ciudadano DANILO ANTONIO ANDRADE, portador de la cédula de identidad Nº 9.761.124.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia N° 7J- 006-12-S, de fecha 27-01-2012, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual declaró culpable y condenó al ciudadano DANILO ANTONIO ANDRADE, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ASALTO A PASAJEROS DE VEHICULO DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 358 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ENGELBERTH JOEL ALVAREZ CEBALLOS y MASSIEL CAROLINA ARENAS MOLINA.