Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el anuncio del Recurso de Casación interpuesto el 15 de junio 2022, por la apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana BELKIS JIMENEZ HERNANDEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.958, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 31 de Mayo de 2022, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO TECNICO, C.A. (C.M.T.C.A), contra la Sociedad Mercantil COMUNICACIONES INDUSTRIALES, C.A., todas las partes plenamente identificadas en el cuerpo del presente fallo. Así se decide.