Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado REMIGIO MARQUEZ, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana ROSA ELENA ULLOA DE MANZANO, contra la Sentencia Definitiva emitida y Declarada Con Lugar por el JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en fecha 10 de Marzo del 2006; en consecuencia queda así CONFIRMADA en todas y cada una de sus partes la Sentencia aquí apelada.-