V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por la ciudadana Flor María Medina Martínez, actuando en este acto en carácter de apoderada judicial de RAYOVAC VENEZUELA, S.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº DC-2005-243 del 14 de diciembre de 2005, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO, mediante la cual resolvió declarar parcialmente con lugar el escrito de descargos, corrigiendo el reparo fiscal, para un monto total de bolívares cincuenta y dos millones seiscientos cuarenta y seis mil doscientos nueve con cincuenta y un céntimos (Bs. 52.646.209,51) (BsF. 52.646,21), en el ramo de propiedad inmobiliaria y confirmando la prescripción de los ejercicios 1997, 1998 y 1999.
2) IMPROCEDENTE la aplicació.....