Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno (1) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. JOSÉ JOEL GOMEZ CORDERO, en su carácter de Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 57.049, actuando en defensa del ciudadano RONALD WILFREDO INFANTE CASTRO, con fundamento en el artículo 451 y 452, ordinales 2º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia, dictada en fecha 07 de Abril de 2008, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado RONALD WILFREDO INFANTE CASTRO, a cumplir la pena de ocho (8) años de presidio, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE FRUSTRADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sa.....