Por los razonamientos ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 04 de mayo de 2010, por la abogada REYNA DENIS MENDIVIL en su condición de apoderada judicial de la parte actora sociedad mercantil BRAIDA FLORENS, C.A, contra la decisión proferida en fecha 26 de abril de 2010, por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó decretar la medida de secuestro peticionada en el libelo por la demandante, en el juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de prórroga legal, seguido contra el ciudadano Kepa Garate Zarzosa, el cual queda revocado por las motivaciones aquí expuestas.
SEGUNDO: SE ORD.....