DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes en la presente audiencia este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2 DE PRIMERA INSTANCIA EN RESPONSABILIDAD PENAL SECCION ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECIDE: Visto el desarrollo de la presente audiencia y de las exposiciones presentadas por las partes este Tribunal acuerda Ratificar la Medida Cautelar impuesta de la vigilancia y control de la adolescente RESERVADO titular de la cédula de identidad Nº V-XX, y Modifica en cuanto a la Institución encargada de dicha responsabilidad en la Casa Integral de Formación de Hembras ubicado en la Avenida Urdaneta frente al aeropuerto de la ciudad de Mérida, estado Mérida en base al articulo 582 literal "b" de la LOPNNA. Por lo cual queda plenamente establecido que esta medida pueda ser considerada o interpretada como una medida .....