DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECRETA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano MANUEL ANTONIO CACERES RAMÍREZ, (alias Mañe) de nacionalidad Venezolana, natural de El Guayabo, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, titular de la Cédula de identidad Nº 21.596.219, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 02/04/1992, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Humberto Cáceres y de Silvia Ramírez, residenciado en la invasión Las Lajas, entrando por la primera calle, a dos cuadras del mercado Municipal, rancho de color verde, preguntar por Humberto Cáceres, El Guayabo, Parroquia Udón Pérez, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, por cuanto llena los extremos del artículo 93 de.....