Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
¿ DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
¿ SE CONFIRMA la decisión recurrida.
¿ No hay condena en costas por no ser pasible de la misma quienes devenguen menos del triple del salario minino decretada por el Ejecutivo Nacional.
¿ Notifíquese la presente decisión al Juzgado A Quo.