Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: Declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los Ciudadanos GENEZARET GORDILLO GIMENEZ, titular de la Cédula De identidad nº V- 13.652.541 y YOHANNA TERESA VERA MONTES DE OCA, titular de la Cédula de Identidad nº V- 16.277.332, por estar dado los extremos establecidos en el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 encabezado con la agravante del art. 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Droga. SEGUNDO: Se ordena que se continúe la presente causa por el Procedimiento ORDINARIO, establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCER.....