En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ANGEL RAFAEL ZAPATA ARIAS e INES MARIA BRITO ACOSTA, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números: V-14.009.790 y 13.942.782, respectivamente, el primero domiciliado en la calle Sal Rafael, casa s/n., Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta y la segunda en el sector Quebrada Seca, Río Grande, Municipio Ribero del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio, INERIDIS RICARDI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número.....