En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana MIRIAM LEON SEQUERA abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 142977, quien actúa en nombre propio y en su representación; contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas fechada 13 de abril de 2021 en la cual declaró INADMISIBLE la solicitud de RECONOCIMIENTO DE FIRMA.
SEGUNDO:se ordena admitir la presente solicitud de reconocimiento de firma y contenido; y darle el curso legal correspondiente.
TERCERO:SE REVOCA la sentencia apelada con base a los argumentos expuestos.....