Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN ejercida por la parte demandada contra la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, acordada por Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por sentencia de fecha 13 de agosto de 2024.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se SUSPENDE la referida MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el bien que se detalla a continuación: "sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad de la parte demandada sobre el siguiente bien inmueble: 1) Un bien inmueble constituido por una (1) parcela de terreno y la casa-quinta sobre ella c.....