Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano LUIS GERARDO VERA LAZO, de nacionalidad colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, de 45 años de edad, fecha de nacimiento 29-11-1962, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Residente N° E-83.157.011, hijo de RAFAEL ALFONSO LAZO (D) y de ANA MARIA VERA (D), residenciado en la Finca sin nombre, ubicada en el kilómetro 40, vía El Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, propiedad del ciudadano CHUCHO BRACHO, a quien la Fiscal Decimasexta del Ministerio Público, le imputa la presunta comisión del d.....