TERCERO
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Ve-nezuela, y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la demanda planteada por el ciudadano JESUS DAO CASTILLO, contra el ciudadano FRANKLIN RAFAEL SANDOVAL ¿de las características que constan en autos- por Nulidad de Asambleas Extraordinarias de Accionistas de la Sociedad de Comercio ALMACENES Y DEPOSITOS INTEGRALES PORTUARIOS C.A., DEPORCA, al no resultar dilucidada la pretensión planteada; celebradas tales asambleas: 1) En fecha 10-01-1998, pre-sentada 16-02-1998, inserta Nº 23, Tomo 158-A (Recaudo ¿B¿), Folios 35 al 38; 2) En fecha 08-10-1998, presentada en fecha 09-10-1998, inserta Nº 53, Tomo 171-A (Recaudo ¿C¿), Folios 40 al 43; 3) En fecha 15-10-1998, presentada en fecha 19-10-1998, inser.....