Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el representante legal de la Sociedad de Comercio denominada Mundomercado, C.A., abogado José E. Urbina Molina, quien es venezolano, mayor de edad, abogado en el libre ejercicio de la profesión, e inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.16.220.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha quince (15) de mayo del año dos mil tres (2003), la cual acordó CON LUGAR la acción que por cobro de indemnización por accidente de trabajo, ocurrido al trabajador José Mogollón, contra la sociedad de comercio denominada Mundomercado, C.A., quedando modificad.....