Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la demandada.
- Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia de fecha 27 de Julio del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
- PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadano PABLO DEL VALLE MOYA MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.035.237 contra la Sociedad de Comercio "Concretera Satélite" S.A. (Concresa) y se condena a esta última al pago de los conceptos y montos señalados en la presente sentencia