Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara Con Lugar lo Solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público y en consecuencia Se DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa, seguida a la adolescente MILLOTCY SIMONED DÍAZ RAMÍREZ, venezolana, indocumentada, de 16 años de edad, nacida el día 06-03-1989, soltera, sin oficio definido, hija de Francia Ramírez Marval y Simón Rafael Díaz, residenciada en la Urbanización Boca de Sabana, Calle Santa Rosa, casa S/N, (cerca de una Bodega), de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; por el delito de Sustracción y Retención de Niños, previsto en el Artículo 272 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el delito de Rapto, previsto en el Artículo 384 del Código Penal Vigente; en perjuicio de la niña Ana Virginia Blanco Macadán; para que sea conocida por un Juez de la Sección de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Por considerarse que concurr.....