SIN LUGAR la recusación interpuesta por la abogada PATRICIA CARVALLO, en su carácter de apoderada judicial de la parte intimada, contra la Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, Dra. MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN, en el juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue MARIELBA BARBOZA contra la ciudadana CARMEN CLEARY PARIS.
Por cuanto la presente recusación se considera no criminosa, solo se sanciona a la parte recusante en el pago de la multa prevista en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, en la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00), la cual debe ser cancelada en el Tribunal donde se intento la recusación; dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al recibo de las presentes actuaciones en dicho Tribunal, el cual actuara de agente del Fisco Nacional, para el ingreso del monto de la multa interpuesta en la Tesorería Nacional.
Como efecto de la anterior declara.....