Por lo anteriormente expuesto Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados LEISO LESANDRO MERCADO TERAN, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 23-09-74, de 33 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-22.068.408, hijo de los Ciudadanos Adela Hernández Ballestero y de Efraín Narváez, y residenciado en: el Barrio Santa Fe II, Calle 16, Casa N° G-107, a dos cuadras del Deposito de Licores "MAMA TRINA", Municipio San Francisco, Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 250, ordinales 1°,2° y 3°, 251, Ordinales 2° y 3° y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del Delito de DISTRIBUCIÓN.....