SEGUNDO: De un análisis de la norma antes transcrita y de la sentencia que ha sido recurrida, se puede claramente apreciar que la misma no se encuentra comprendida entre aquellas sentencias interlocutorias que pongan fin al juicio o que puedan generar un gravamen irreparable, por lo que en sintonía con el criterio jurisprudencial señalado por la Sala de Casación Civil, en sentencia de fecha 25 de abril de 2003, expediente 01-0857, es forzoso para este sentenciador declarar la INADMISIBILIDAD del recurso de casación intentado. Así se declara