En razón de las consideraciones y razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RESUELTA la Acción de Amparo Tributario Interpuesta por el ciudadano JORGE JOSE HERRERA MENDOZA venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, domiciliado en la ciudad de San Juan de los Morros del Estado Guarico, propietario de la firma personal LICORERIA A-B-BR, la cual gira bajo su nombre y representación, según consta en participación que hizo ante el Registro Mercantil primero del Estado Guarico en fecha 10-02-2009, quedando inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 61, Tomo-1B-pro, debidamente representado por el Abogado Ángel Orasma Garbi INPREABOGADO N° 49.964.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el requerimiento realizado por el accionante relacionado con que la sentencia que resolviera la presente A.....