En consecuencia, este Tribunal advierte al solicitante que a los fines de que garantice los derechos contenidos en el instrumento privado, deberá intentar la acción idónea establecida en el ordenamiento jurídico para ello. Por estas razones esta juzgadora declara IMPROCEDENTE la presente solicitud.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
EXP: 1882