Sobre la base de la fundamentación anterior, es por lo que declara este Juzgado la FALTA DE JURISDICCION para conocer la presente solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, intentada por el ciudadano AMERICO PEÑA, en contra AMAZONIA GRILL, CA, por considerar que la misma debe continuar en sede administrativa por órgano de la Inspectoría del Trabajo. Y ASÍ DE DECLARA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, aplicado al presente asunto siguiendo la previsión contenida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir inmediatamente el presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, a los efectos de la consulta obligatoria.
Publíquese la presente decisión y cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ