Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado Gilberto Daboin Delgado, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 23.205, en su carácter de apoderado judicial de la empresa VENEZOLANA DE ALIMENTOS Y MEDICINAS VENALMED,C.A.
En consecuencia:
i) Se ANULA la Resolución Nº CJ-210.100-1232-407 de fecha 1º de septiembre de 2005, emitida por la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente.
ii) Se ANULA la Resolución Culminatoria de Sumario Nº 5921 de fecha 23 de abril de 2005, que determino a la contribuyente recurrente las sumas de Bs. 6.725.598,00 y Bs. 7.674.660,00, por concepto de impuesto y multa, respectivamente, emitida por la Gerencia General de Tributos del mencio.....