Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se niega la homologación del acuerdo transaccional presentado en fecha 16 de septiembre de 2016, en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana Yris Fuentes contra la entidad de trabajo Distribuidora Jersey Jeans C.A,, todos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena la continuidad de este asunto en el estado procesal en que se encuentra.