DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho LUZMEY LORETO, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos GEDAR LENOTH DE SOUSA Y GLEM JOSE CHIRINOS FLORES, en su carácter de Victimas, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de mayo de 2017, por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49°) en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreto medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 242 numerales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, por.....