DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley RATIFICA la medida cautelar acordada en fecha doce (12) de julio de dos mil diez (2010), por este Juzgado, y en consecuencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Procedente la solicitud de medida cautelar de Suspensión de los Efectos, formulada por el abogado MANUEL DE JESUS DOMINGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 41.605, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DAYANA ENMANUEL DOMINGUEZ BASTARDO, titular de la cedula de identidad Nº 14.048.289, contra la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN), adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES Y DE JUSTICIA.
SEGUNDO: Se ordena a la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO A.....