Observando el Tribunal, de los recaudos  acompañados al libelo de la demanda, que en fecha 14 de Agosto de 2013, fue publicado un cartel en la prensa notificando de dicha resolución al inquilino,  pero no ha transcurrido el lapso para que se ejerzan los  recursos de Ley, y para que la  Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, declare definitivamente firme la referida  resolución,   lo que trae como consecuencia,  que se declare INADMISIBLE la acción intentada por  ESTHER DEL CARMEN CERVIÑO DE VILLEGAS contra  RICARDO JOSE  RUIZ MOLINA por DESALOJO.
Publíquese, regístrese y déjese copia  de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (21) días del mes de Octubre del año 2013. Años 203°  y 154º.