DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunaleste Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, actuando como Tribunal Constitucional administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional, ejercida por la ciudadana Vilma Yanett Díaz de Román, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 14.970.957, asistida por el abogado Rooshinwel Román, cédula de identidad No. 15.951.733, Inpreabogado No. 121.508, contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en fecha 21 de abril de 2015, dictada en el expediente No. GP31-V-2013-000097.
Dada, firmada y sell.....