Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Revisión de Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana NILDA MARIA PEREZ RODRÍGUEZ, ya identificada, contra el ciudadano GIOVANNI FELIPE TORREALBA INFANTE, antes identificado, en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente), de seis (06) años de edad, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.