En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: LUIS RAMÓN ROJAS, venezolanos, mayores de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-6.854.880 y domiciliado en Las Chara calle principal casa s/n de Río Caribe del Municipio Arismendi del Estado Sucre, y YUSLEY DEL VALLE GONZÁLEZ DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-5.859.707 y domiciliada en Charallave sector el Caro, frente al Auto lavado los hermanos González, de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ELVIRA GOITIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 68.939 y de este domicilio, qued.....