Se declaró PERIMIDA LA INSTANCIA y extinguido el presente proceso, toda vez que es evidente la absoluta intención de la parte interesada de abandonar el juicio, y visto que se cumplió suficientemente el lapso previsto para considerar extinguida la instancia por la inactividad procesal en que se mantuvo por más de un (1) año en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Apoderada Judicial de la contribuyente ITP INTEGRACIÓN PROFESIONAL CONSULTORES, C.A., contra la Resolución No.725, de fecha 7 de Julio de 2008, emanada de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante la cual se declaró SIN LUGAR, el Recurso Jerárquico y ratifico las multas impuestas por la cantidad de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS QUINCE BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.88.597.715,36), que de conformidad con el Decreto No. 5.229 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana .....