este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano LUIS ÁNGEL BRITO CABELLO, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.088.341, de estado civil casado, natural de San Félix, Estado Bolívar; nacido en fecha 12-02-77, hijo de Luís Brito y María Cabello; de profesión u oficio vigilante; residenciado en Cariaco, sector el porvenir, calle la represa, casa S/N°, al lado de la sub-estación de CORPOELEC, Municipio Ribero del Estado Sucre; teléfono 0416-1130923, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 concatenado con el artículo 65, ambos, de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana KARINA ANERSEINDA LEIBA DE BRITO todo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 en relación con el artíc.....