DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurías agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del los ciudadanos YADIRA MERCEDES BARRIO OVALLES, ZOIDIRA CAROLINA BRAVO BARRIOS, JULIO SEGUNDO BRAVO BARRIOS, venezolanos, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- Nro.V-5.568.950, V-16.052.339 y V-16.994.047, La Cima Del Cielo, Ubicado en el Sector Valle Hondo, Asentamiento Campesino Sin Información, Parroquia No Urbana Canoabo Municipio Bejuma del Estado Carabobo