III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos María Carolina Álvarez Puerta y Carlos Ricardo Minaya Linares, una venezolana y el otro extranjero, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-11.935.136 y E-82.098.140, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 31 de octubre de 1989, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Alcaldía del Municipio Libertador del área metropolitana, Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Candelaria,, según consta en acta de matrimonio nº 204, llevadas por el mencionado Registro durante el año 1989.
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