DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencias 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y de la Sentencia Nº 136 de fecha 30 de Marzo de 2017, emanada de la Sala de Casación Civil., respectivamente, formulada por el ciudadano FERNANDO JOSÉ CÁCERES ARANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.976.889 contra la ciudadana TRINITA AMANDA LILUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.337.118.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuge.....