´DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 18 de junio de 2019, por la abogada, MARITZA COROMOTO HURTADO JIMÉNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.734 en su carácter de apoderada judicial de la demandada reconviniente, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 24 de enero de 2019, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia interlocutoria dictada en fecha 24 de enero de 2019, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: SE ORDENA la remisión de la causa, al Tribunal de origen para que el Juez A quo proceda a admitir la reconvención propuesta por la apoderada.....