Las partes conjuntamente con el Juez consideran necesario prolongar la celebración de la Audiencia Preliminar, a cuyo efecto se fija el día Miércoles 18 de Enero de 2006, a las 11:00 am., para la celebración de la misma, indicándosele a las partes la obligación de comparecer a la Audiencia prolongada, so pena de imponerse la sanción correspondiente conforme a la Ley Adjetiva y a la Jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El tribunal deja constancia que las partes hicieron la promoción de sus pruebas discriminadas así: la parte actora promovió escrito constante de doce (12) folios útiles con sus anexos; la parte demandada promovió escrito constante de (41) folios útiles con sus anexos, las cuales resguarda el Juez en el despacho. Se deja constancia que la prueba indicada como "B" por la demandada no fue producida con el escrito. Se deja constancia que la apo.....