DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control el Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 numeral 8 eiusdem y Artículo 108 numeral 4 del Código Penal, en la causa seguida a IRMA DEL CARMEN MEDINA ALDANA y OSCAR DAVID LOYO, con motivo de la denuncia interpuesta por la ciudadana CECILIA DEL CARMEN LAMEDA, por la presunta comisión del delito de SUMINISTROS DE SUSTANCIAS NOCIVAS, tipificado en el artículo 263 de la LOPNNA en perjuicio de adolescente cuya identidad se omite en cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo segundo del articulo 65 de la LOPNNA. Notifíquese.
Remítase las actuaciones al Archivo Judicial, en su oportunidad legal.
JUEZ DE CONTROL .....