DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.- Su INCOMPETENCIA, para conocer de la demanda por vía de hecho ejercida conjuntamente con solicitud de amparo constitucional de carácter cautelar por el abogado Edgar Simón Rodríguez Hernández, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES SIERO, C.A, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO CRISTAL PALACE.
2.- Se DECLINA LA COMPETENCIA ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente a los órganos jurisdiccionales antes mencionados.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Des.....